Radioemisoras culturales son los únicos medios exentos del IVA
Redacción Primera Plana | Martes 29 de Enero, 2019La reforma fiscal, aprobada en noviembre del año pasado, motivó una de las huelgas más largas de la historia reciente del país.
Son muchas las preguntas alrededor del plan fiscal y del famoso impuesto al valor agregado (IVA), es por ello que el Ministerio de Hacienda organizó un taller para que los periodistas evacuaran sus dudas respecto al tema.
Carlos Vargas Durán, director de Tributación Directa, comentó que el IVA se cobrará a partir del 1 de julio de 2019, grava el consumo de bienes y servicios en general, es neutral, el profesional o la empresa lo puede deducir de los insumos que necesita para trabajar.
“La neutralidad es uno de los principios base del impuesto sobre el valor agregado, brevemente se puede describir de la siguiente manera: al precio del producto final no se le van a cargar los IVA pagados en la producción del bien o del servicio. Esto se da a través de la aplicación del sistema de créditos y débitos: cuando el productor vende el bien o servicio y cobra el impuesto; descuenta los IVA ya pagados por él para la producción, al momento de trasladar este impuesto a la Administración Tributaria”, declaró Vargas.
Las personas físicas y jurídicas inscritas en Tributación Directa son quienes pueden cobrar este impuesto, en el caso de los servicios, se grava toda actividad mercantil, el cobro se genera cuando se hace la factura o se entrega el bien o servicio o cuando la venta se hace en consignación.
“La actividad mercantil es a lo que me dedico, lo que me genera un ingreso y por lo que me inscribí en Tributación Directa”, recalcó Vargas.
Quiénes no pagan
Según el artículo 8, hay 36 exenciones, entre ellas los intereses y comisiones de préstamos bancarios, exportaciones de bienes y operaciones relacionadas, incluyendo compra de bienes y servicios para producción de bienes y servicios destinados a la exportación.
Alquiler de un local comercial cuando el monto sea inferior a 1,5 salarios base de un oficinista del Poder Judicial, es decir, unos ¢600 mil, esto aplica para las pequeñas y medianas empresas (PYMES) que estés inscritas en el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) o en el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG).
Bienes y servicios que adquiera, preste o venda la Cruz Roja Costarricense y el Cuerpo de Bomberos; adquisición de bienes o servicios de ciertas entidades enfocadas a la niñez, de la universidad Earth, asociaciones de desarrollo comunal, juntas de educación y administrativas de instituciones del Ministerio de Educación o ASADA.
También las cuotas de afiliación y mensualidades de colegios profesionales, sindicatos y cámaras empresariales.
En el caso de los medios de comunicación, queda exento del pago del IVA el uso de espacio publicitario o promocional para fines propios, es decir, aquellos medios de comunicación que se auto anuncien y las radioemisoras culturales.
Recomendaciones
Al ser un impuesto neutral y se pueden rebajar de los costos de los insumos, Vargas indicó que la empresa y el profesional liberal deberían readecuar sus precios, ver cómo está el mercado y ajustarse a esta oferta, incluso, en el caso de los colegios profesionales, aconsejó revisar sus tablas de precios.
“Si aumento mis precios, tendré mayores utilidades, por lo que pagaré más impuestos”, expresó Vargas.
Consideraciones
El contribuyente paga el IVA a más tardar el 15 de cada mes, para ello debe presentar una declaración de las ventas de bienes o prestación de servicios correspondientes al mes anterior, esto aunque exista un saldo a favor del contribuyente, es decir, que no tenga que cancelar el IVA.
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